Columna Libertad


Referendo y penas carcelarias

Luis Di Mare - ANFE

Tarde o temprano los costarricenses podremos solicitar que algunas de nuestras legislaciones se aprueben o se rechacen mediante el voto popular (referendo). Un tema de importancia fundamental en cualquier sociedad es qué conductas deben castigarse con penas de cárcel.

No sé de ninguna sociedad civilizada en la que no haya existido el castigo para disuadir conductas antisociales. La pena carcelaria no solamente arroja la deshonra sobre quien la sufre, -la honra puede ser más importante que la vida-, sino que lo priva de su preciada libertad, de su trabajo, de la compañía de sus seres queridos, de casi todo lo que ama y quiere.

En tiempos no tan lejanos, eran usuales castigos como ser desollado vivo, hervido en aceite vivo, cortado en dos vivo, serle quebrados los huesos hasta producir la muerte, extracción de las entrañas estando vivo, decapitación, crucifixión ...mejor no continúo porque tal vez usted esté leyendo este artículo sentado a su mesa. A principios de este siglo veintuno esa monstruosidad abominable que es la pena de muerte se aplica todavía en casi la mitad de los países del mundo. Venezuela mostró el camino al convertirse en 1863 en el primer país del mundo en abolirla totalmente. Conductas como el asesinato, la posesión de drogas ilegales, la corrupción de un funcionario público, el abuso sexual, se castigan hoy en diversas sociedades con la muerte.

Los costarricenses vivimos en medio de gran inseguridad ciudadana. Algunos ciudadanos reclaman que se deben imponer penas de cárcel más severas, que las penas existentes son demasiado débiles, que hay impunidad. La pena de cárcel es uno de los actos más graves de una sociedad. Si por ejemplo se impusiera pena de cárcel para el adulterio, castigado con la muerte en algunas sociedades de la antigüedad, nuestro sistema penal colapsaría, no sería posible perseguir tantos casos. No hay duda de que disminuiría drásticamente esa conducta, pero una parte importante de la población dejaría de trabajar puesto que estaría recluida. A fin de cuentas imponer penas carcelarias a una falta tan común llevaría a que solamente algunos sean castigados, a que la ley no sea igual para todos, a que no haya Justicia. Pero las penas carcelarias demasiado débiles pueden llevar a otra situación muy peligrosa: a que el ciudadano tome la Justicia en sus manos, a que impere el «ojo por ojo, diente por diente», a una sociedad de tuertos, de desdentados y de muertos.

¿Cómo saber si nos estamos convirtiendo en una sociedad en la que el ciudadano toma la Justicia en sus manos o en una sociedad en la que se castigan con penas carcelarias conductas muy comunes?. Porque las conductas que producen gran daño, si no son castigadas por el Estado, reciben a veces el castigo del ciudadano que toma la Justicia en sus manos. Estamos ante temas que pocos se atreven a discutir públicamente. Sometiendo las penas carcelarias a aprobación del voto popular (referendo) llevaríamos a una gran discusión privada en las casas, en los sitios de reunión, en las mentes de los ciudadanos y aprenderíamos mucho sobre las faltas, los abusos y los sufrimientos que ocurren, que no se discuten públicamente. Gracias a esas discusiones tendríamos una mucho mejor opinión de qué conductas deben recibir el castigo extremo de la cárcel y qué conductas no deben recibirlo. La democracia suiza sometió su código penal a referendo. Creo que debemos seguir ese ejemplo.


Publicada originalmente en el "Diario Extra" de San José, Costa Rica